El Estado busca incentivar la compra de propiedades a través de diferentes beneficios tributarios. Así, contribuye a la reducción del déficit habitacional y potencia la construcción, uno de los sectores más influyentes en la economía del país. Pero, ¿cómo puedes aprovechar estos beneficios para hacer más rentable tu inversión? Es fácil. Aquí te explicamos cómo hacerlo.

Lo primero es conocer los incentivos fiscales para comprar casa 

Actualmente, están vigentes varios beneficios tributarios, orientados a distintos tipos de beneficiarios. Los más importantes son los siguientes:

1. Rebaja de intereses por dividendos hipotecarios

Consiste en descontar, de la renta bruta imponible anual, los intereses que pagaste durante el año en los dividendos de tu crédito hipotecario, sin importar si lo usaste para compra de vivienda nueva o usada.

El monto a descontar tiene un tope de hasta 8 UTA, aunque la rebaja efectiva depende de la renta bruta anual que declares:

Monto Renta Bruta Imponible Anual en UTA

Porcentaje a rebajar

De 0 a 89.99. 100 %
Entre 90 y 150. [250-(renta en UTA x 1.667)] = %
Más de 150 UTA Sin derecho al beneficio tributario.

En la práctica, esta rebaja de intereses por dividendos hipotecarios esta destinada a las personas que declaran una renta bruta anual inferior a 150 UTA. Si consideras que la tasa de interés es el principal costo que asumes al comprar casa con crédito hipotecario, este es sin duda uno de los beneficios más valiosos.

2. Exenciones al Impuesto Territorial 

Este impuesto, más conocido como Contribuciones, se determina sobre el avalúo fiscal de los bienes. Sin embargo, la ley que lo regula establece en su artículo 2 un monto de avalúo exento ($33.199.976 a agosto de 2023) y reajustable cada vez que el SII practique reavalúos en las propiedades no agrícolas.

Por otro lado, en septiembre de 2023 fue aprobada por el Consejo la exención del pago de Contribuciones asociadas a la primera vivienda.

3. Beneficios tributarios Decreto con Fuerza de Ley 2

También conocido como DLF 2, es una norma que proporciona diferentes beneficios tributarios a las viviendas económicas (con área construida de hasta 140 m2 y uso exclusivamente habitacional):

  • Descuento en el impuesto de timbres y estampillas (la tasa es de solo 0,2% sobre el valor de la propiedad).
  • Descuento del 50% en los aranceles de inscripción en el Conservador de Bienes Raíces.
  • Exención del 50% del pago del Impuesto Territorial por un periodo de entre 10 y 20 años (según el área de la vivienda).
  • Exención de los impuestos a la herencia y a la donación.
  • Los ingresos por alquiler de la vivienda no pagan impuesto a la renta.

De cualquier manera, debes tener presente que puedes tener un máximo de dos viviendas acogidas al DFL2.

4. Beneficio tributario transitorio y extraordinario para la compra de viviendas

Este beneficio empezó a regir el 1 de noviembre de 2023 y aplicará entre los años 2024 a 2029. Consiste en un crédito que podrás deducir del impuesto a la renta y será equivalente al monto menor entre los dividendos del crédito hipotecario efectivamente pagados.

5. Plusvalía obtenida en venta de inmuebles no genera impuesto

Si eres persona natural y vendes bienes raíces de manera esporádica, la ganancia obtenida no se afecta con impuesto a la renta, siempre que hayas tenido la propiedad por más de un año.

Aprovecha estos beneficios tributarios al comprar vivienda

Ya conoces los incentivos que ofrece el Estado para impulsar la compra de casas y departamentos. A la gran mayoría de ellos puedes acceder, aunque es importante que verifiques si cumples los requisitos específicos.

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