BASES CAMPAÑA “TÚ ELIGES”

 

En Viña del Mar, a 1° de marzo de 2021, comparecen, don ALEJANDRO VIDAL PLANAS, chileno, casado, constructor civil, cédula nacional de identidad número 6.868.980-5, y  don JAIME ANTONIO SANHUEZA MORENO, chileno, casado, constructor civil, cédula nacional de identidad número 7.968.241-1, quienes actúan en representación de INMOBILIARIA IBSEN LIMITADA Rol Único Tributario Número 76.185.904-8; en adelante simplemente “Alborada”, todos con domicilio en Avenida Edmundo Eluchans número 612, Reñaca, Viña del Mar; los comparecientes mayores de edad, quienes han acreditado su identidad con las cédulas anotados y exponen: que han acordado organizar la promoción de venta denominada “CAMPAÑA TÚ ELIGES” y vienen, por este acto, en establecer y suscribir las bases de dicha promoción.

 

Primero: Antecedentes generales

 

La promoción tiene por finalidad publicitar e incentivar la compra del público en general, del Proyecto Inmobiliario Vista Bahía Edificio B de propiedad de Inmobiliaria Ibsen Limitada.

 

Por ello, los inmuebles asociados a esta promoción son única y exclusivamente los departamentos disponibles para la venta del proyecto antes mencionado a la fecha de esta promoción y que se encuentren en proceso de ejecución o de desarrollo por la sociedad antes individualizada.

 

Segundo: Participantes

 

Sólo podrán participar los clientes que hayan suscrito material y efectivamente una reserva de inmueble respecto de un departamento tipo 1 y/o tipo 8 del proyecto inmobiliario indicado en el numeral precedente, de acuerdo a las condiciones establecidas en estas bases de promoción.

 

Tercero: Contenido y Operación.

 

La promoción consiste en la oportunidad de hacerse acreedor de uno de los siguientes premios, a elección del beneficiario:

 

  • Gift Card por el valor de $300.000.-
  • Pago del equivalente a los gastos operacionales, con un tope máximo de $300.000

 

La posibilidad de hacerse acreedor de uno de estos premios corresponderá a clientes que suscriban un contrato de reserva de un departamento tipo 1 y/o tipo 8 del Edificio Vista Bahía Edificio B.

 

Para esto deben cumplirse copulativamente las siguientes condiciones:

 

  • Que el beneficiario de la promoción haya suscrito material y efectivamente un contrato de reserva de un departamento tipo 1 y/o tipo 8 del Edificio Vista Bahía Edificio B.
  • Que la suscripción del contrato de reserva de inmueble se haya efectuado entre los días 1° de marzo de 2021 y 31 de marzo de 2021, ambas fechas inclusive. Las reservas efectuadas con anterioridad a la fecha señalada no entran en esta promoción.
  • Que la suscripción del contrato promesa de compraventa se haya efectuado a más tardar el día 30 de abril de 2021.-

 

Será responsabilidad del interesado en participar de esta promoción el acreditar que reúne las condiciones y que ha cumplido con todas las exigencias necesarias para el nacimiento del derecho amparado por esta promoción, considerándose “Beneficiario” a aquella persona que acredite haber cumplido todas y cada una de las exigencias y condiciones contenidas en estas bases.

 

Cuarto: Entrega del premio

 

El premio de que se hizo acreedor el Beneficiario, le será entregado al mismo Beneficiario previa confirmación fidedigna por parte del Organizador del cabal cumplimiento de las presentes Bases. Se entregará una vez el Beneficiario haya suscrito el contrato de compraventa definitivo del inmueble objeto de la reserva.

Si por cualquier causa, el Beneficiario no retira su premio en un plazo de 60 días contado desde que haya cumplido las condiciones para recibirlo, se entenderá que renuncia al premio, y ni él ni nadie en su nombre podrá requerirlo.

 

Quinto: Duración

La vigencia de la promoción será desde el 1° de marzo de 2021 hasta el 31 de marzo de 2021.

Se deja expresa constancia que Inmobiliaria Ibsen Limitada no estará obligadas a pagar ni responder, y no tendrán responsabilidades de ninguna clase si los beneficios de esta promoción se reclaman después de la fecha límite indicada en el párrafo anterior.

 

Sexto: Restricciones

La promoción estará sujeta a las siguientes restricciones:

  • Podrá participar en la promoción, toda persona natural, mayor de 18 años, que así lo desee;
  • El premio es el establecido en estas bases y no tiene posibilidad de cambio o compensación de ninguna especie o naturaleza;
  • La presente promoción no es acumulable con otras promociones, beneficios o descuentos especiales.
  • No pueden participar de esta promoción aquellas personas que se encuentran vinculadas laboralmente con alguna de las Inmobiliarias del Grupo Alborada o sus gestoras.

 

Séptimo: Disposiciones Finales

 

Conocimiento y aceptación: Se entenderá que toda persona que, manifiesta o implícitamente, participe en esta promoción, ha conocido y acepta íntegramente estas bases, careciendo de derecho a deducir reclamo o acción de cualquiera naturaleza en contra del Organizador y/o de quienes actúen en su nombre, por la aplicación de estas bases;

 

Autorizaciones: Las personas que participen en esta promoción autorizan en forma no exclusiva al Organizador para que, en el evento de resultar ganadores, se publique fotografías y/o videos, en los medios de comunicación que el Organizador considere convenientes, durante un plazo no superior a un año contado desde la entrega del premio respectivo.

 

Modificaciones: El Organizador podrá modificar las presentes bases, de manera total o parcial, lo que será comunicado oportunamente mediante el mismo sistema para publicitar las presentes bases;

 

Reserva de acciones: El Organizador se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la promoción, tales como falsificación o adulteración de datos, u otros.

 

Interpretación: Las presentes bases se interpretarán en sentido restringido, entendiendo por aquello que la promoción comprende y otorga a los destinatarios única y exclusivamente el beneficio que expresamente se señaló anteriormente y, en ningún caso, beneficios que puedan deducirse o entenderse implícitos y que no estén expresamente señalados. A mayor abundamiento, en caso de dudas sobre la interpretación de algún punto de las presentes bases, se preferirá aquella que no produzca obligación alguna para la Inmobiliaria. Para efectos de estas bases de promoción, se entiende como Organizador a Inmobiliaria Ibsen Limitada, que ha creado y participa en esta campaña; y por Beneficiario a quien, haya suscrito un contrato de reserva de un departamento tipo 2 y/o tipo 3 del Condominio Vista Bahía Edificio B, y que se hace acreedor del premio indicado en estas Bases.

 

Otros: Se deja constancia que el premio de que se haga acreedor el Beneficiario será financiado por Inmobiliaria Ibsen Limitada.

 

La personería de los representantes de la sociedad Inmobiliaria Ibsen Limitada consta en escritura pública de fecha 30 de diciembre del año 2011, otorgada en la Notaría de Viña del Mar de don Raúl Farren Paredes y en la escritura pública de fecha 31 de enero de 2020, otorgada en la Notaría de Viña del Mar de doña Eliana Gervasio Zamudio.

 

ALEJANDRO VIDAL PLANAS                                                           JAIME SANHUEZA MORENO

 


 

BASES “CAMPAÑA TE REGALAMOS”

 

En Viña del Mar, a 1° de marzo de 2021, comparecen, don ALEJANDRO VIDAL PLANAS, chileno, casado, constructor civil, cédula nacional de identidad número 6.868.980-5, y  don JAIME ANTONIO SANHUEZA MORENO, chileno, casado, constructor civil, cédula nacional de identidad número 7.968.241-1, quienes actúan en representación de las siguientes sociedades: INMOBILIARIA PORVENIR LIMITADA Rol Único Tributario Número 76.957.738-6 e INMOBILIARIA TRONCAL URBANO LIMITADA, Rol Único Tributario Número 76.936.879-5; en adelante “Grupo Alborada” o simplemente “Alborada”, todos con domicilio en Avenida Edmundo Eluchans número 612, Reñaca, Viña del Mar; los comparecientes mayores de edad, quienes han acreditado su identidad con las cédulas anotados y exponen: que han acordado organizar la promoción de venta denominada “CAMPAÑA TE REGALAMOS” y vienen, por este acto, en establecer y suscribir las bases de dicha promoción.

 

Primero: Antecedentes generales

 

La promoción tiene por finalidad publicitar e incentivar la compra del público en general, de los Proyectos Inmobiliarios Condominio Molinos de Santa Ana, de propiedad de Inmobiliaria Porvenir Limitada y Condominio Parque Peñablanca, de propiedad de Inmobiliaria Troncal Urbano Limitada.

 

Por ello, los inmuebles asociados a esta promoción son única y exclusivamente los departamentos disponibles para la venta de los proyectos antes mencionados a la fecha de esta promoción y que se encuentren en proceso de ejecución o de desarrollo por las sociedades antes individualizadas.

 

Segundo: Participantes

 

Sólo podrán participar los clientes que hayan suscrito material y efectivamente un contrato de reserva de inmueble y un contrato de promesa de compraventa respecto de un departamento de alguno de los proyectos inmobiliarios indicados en el numeral precedente, cumpliendo las demás condiciones que se establecen en las presentes bases de promoción.

 

Tercero: Contenido y Operación.

 

La promoción trata de lo siguiente:

1.- La oportunidad de hacerse acreedor de una gift card por el valor de $200.000.-, a toda persona que haya suscrito un contrato de reserva de inmueble y un contrato de promesa de compraventa respecto de algún departamento de 1 dormitorio y 1 baño del proyecto inmobiliario Molinos de Santa Ana de la comuna de Villa Alemana.

 

2.- La oportunidad de hacerse acreedor de una gift card por el valor de $250.000.-, a toda persona que haya suscrito un contrato de reserva de inmueble y un contrato de promesa de compraventa respecto de algún departamento de 2 dormitorios y 1 baño y/o de un departamento de 2 dormitorios y 2 baños del proyecto inmobiliario Molinos de Santa Ana de la comuna de Villa Alemana.

 

3.- La oportunidad de hacerse acreedor de una gift card por el valor de $300.000.-, a toda persona que haya suscrito un contrato de reserva de inmueble y un contrato de promesa de compraventa respecto de algún departamento de 3 dormitorios y 2 baños del proyecto inmobiliario Molinos de Santa Ana de la comuna de Villa Alemana.

 

4.- La oportunidad de hacerse acreedor de una gift card por el valor de $200.000.-, a toda persona que haya suscrito un contrato de reserva de inmueble y un contrato de promesa de compraventa respecto de algún departamento tipo 2 y/o tipo 3 del proyecto inmobiliario Condominio Parque Peñablanca de la comuna de Villa Alemana.

 

Para esto deben cumplirse copulativamente las siguientes condiciones:

 

  • Que el beneficiario de la promoción haya suscrito material y efectivamente un contrato de reserva de inmueble y un contrato de promesa de compraventa de un departamento de alguno de los proyectos en promoción.
  • Que la suscripción del contrato de reserva de inmueble se haya efectuado entre los días 1° de marzo de 2021 y 31 de marzo de 2021, ambas fechas inclusive. Las reservas efectuadas con anterioridad a la fecha señalada no participan en esta promoción.
  • Que la suscripción del contrato promesa de compraventa se haya efectuado a más tardar el día 30 de abril de 2021.-

 

Será responsabilidad del interesado en participar de esta promoción el acreditar que reúne las condiciones y que ha cumplido con todas las exigencias necesarias para el nacimiento del derecho amparado por esta promoción, considerándose “Beneficiario” a aquella persona que acredite haber cumplido todas y cada una de las exigencias y condiciones contenidas en estas bases.

 

Cuarto: Entrega del premio

 

El premio de que se hizo acreedor el Beneficiario, le será entregado al mismo Beneficiario previa confirmación fidedigna por parte del Organizador del cabal cumplimiento de las presentes Bases. Se entregará una vez el Beneficiario haya suscrito el contrato de compraventa definitivo del inmueble objeto de la reserva.

El premio se entregará al beneficiario mediante cheque o transferencia electrónica en su cuenta bancaria por un valor equivalente al premio que le corresponda según lo estipulado en las presentes bases, dentro de los 60 días siguientes a la suscripción del contrato de compraventa definitivo y documento en que declare haber recibido a su entera satisfacción el premio de que dan cuenta estas bases.

 

Quinto: Duración

La vigencia de la promoción será desde el 1° de marzo de 2021 hasta el 31 de marzo de 2021, ambas fechas inclusive; fecha esta última en que se cerrará y concluirá esta promoción.

 

Se deja expresa constancia que las Inmobiliarias pertenecientes al Grupo Alborada no estarán obligadas a pagar ni responder, y no tendrán responsabilidades de ninguna clase si los beneficios de esta promoción se reclaman después de la fecha límite indicada en el párrafo anterior. No se admitirá ningún tipo de protesta, reclamo o exigencia después de la fecha límite antes referida.

 

Sexto: Restricciones

La promoción estará sujeta a las siguientes restricciones:

 

  • Podrá participar en la promoción, toda persona natural, mayor de 18 años, que así lo desee;
  • El premio es el establecido en estas bases y no tiene posibilidad de cambio o compensación de ninguna especie o naturaleza;
  • La presente promoción no es acumulable con otras promociones, beneficios o descuentos especiales.
  • No pueden participar de esta promoción aquellas personas que se encuentran vinculadas laboralmente con alguna de las Inmobiliarias del Grupo Alborada o sus gestoras.

 

Séptimo: Disposiciones Finales

 

Conocimiento y aceptación: Se entenderá que toda persona que, manifiesta o implícitamente, participe en esta promoción, ha conocido y acepta íntegramente estas bases, careciendo de derecho a deducir reclamo o acción de cualquiera naturaleza en contra del Organizador y/o de quienes actúen en su nombre, por la aplicación de estas bases;

 

Autorizaciones: Las personas que participen en esta promoción autorizan en forma no exclusiva al Organizador para que, en el evento de resultar ganadores, se publique fotografías y/o videos, en los medios de comunicación que el Organizador considere convenientes.

 

Modificaciones: El Organizador podrá modificar las presentes bases, de manera total o parcial, lo que será comunicado oportunamente mediante el mismo sistema para publicitar las presentes bases.

 

Reserva de acciones: El Organizador se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la promoción, tales como falsificación o adulteración de datos, u otros.

 

Interpretación: Las presentes bases se interpretarán en sentido restringido, entendiendo por aquello que la promoción comprende y otorga a los destinatarios única y exclusivamente el beneficio que expresamente se señaló anteriormente y, en ningún caso, beneficios que puedan deducirse o entenderse implícitos y que no estén expresamente señalados. A mayor abundamiento, en caso de dudas sobre la interpretación de algún punto de las presentes bases, se preferirá aquella que no produzca obligación alguna para la Inmobiliaria. Para efectos de estas bases de promoción, se entiende como Organizador a todas y cada una de la Inmobiliarias del Grupo Alborada que han creado y participan en esta campaña.

 

Otros: Se deja constancia que el premio será financiado por aquella Inmobiliaria cuyo proyecto se haya visto beneficiado gracias a la firma de los contratos de reserva y de promesa de compraventa por parte del Beneficiario.

 

 

La personería de los representantes de las sociedades Inmobiliaria Porvenir Limitada consta en escritura pública de fecha 22 de noviembre de 2018 otorgada en la Notaría de Viña del Mar de don Raúl Farren Paredes. La personería de los representantes de la sociedad Inmobiliaria Troncal Urbano Limitada, consta en escritura pública de fecha 2 de octubre de 2018 otorgada en la Notaría de Viña del Mar de doña Eliana Gervasio Zamudio.

 

 

JAIME SANHUEZA MORENO                                            ALEJANDRO VIDAL PLANAS